Ayuntamiento de Zestoa·Boletín Bien de Gipuzkoa,

Zestoa lanza ayudas para evitar el cierre de negocios tradicionales

Plazo de solicitudAbierto hasta el 30 de octubre de 2026Quedan 88 días
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Si vas a coger el relevo de un comercio o bar en Zestoa, el ayuntamiento financia parte de la transición. Hay 13.000 euros en juego para quienes aseguren la continuidad.

Zestoa quiere evitar que sus negocios de toda la vida bajen la persiana definitivamente por falta de relevo generacional. El ayuntamiento acaba de lanzar una convocatoria de ayudas pensada para quienes deciden tomar el testigo de un comercio, un bar o un servicio local consolidado en el municipio, garantizando que el negocio no se pierda en el proceso de jubilación o cese del antiguo titular.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 30 de octubre de 2026
Cuantía
Hasta 6.000 € básica (+2.000 € extra)
Beneficiario
Nuevos titulares de negocios en Zestoa
Cómo solicitar
Sede electrónica del Ayuntamiento

La partida total es de 13.000 euros, y el sistema de reparto es claro: concurrencia no competitiva por estricto orden de entrada de las solicitudes. Si el presupuesto se agota, las peticiones que cumplan los requisitos pero lleguen fuera de crédito tendrán preferencia en la convocatoria del año siguiente.

La subvención básica asciende a 6.000 euros por beneficiario. Además, existen dos pluses complementarios de hasta 1.000 euros cada uno: uno para actividades ubicadas en barrios o zonas rurales fuera del núcleo urbano, y otro si el nuevo titular es una entidad sin ánimo de lucro.

Para ser candidato, el negocio debe haber estado funcionando al menos 10 años. Se subvencionan desde gastos de alquiler, con un máximo de 11,5 euros por metro cuadrado, hasta inversiones en reformas, mobiliario, maquinaria, gastos notariales e incluso las cuotas de autónomos durante un periodo máximo de dos años.

El relevo debe ser real. El nuevo dueño debe mantener la actividad en el mismo local, aunque se permiten traslados excepcionales siempre que estén técnicamente justificados. La obligatoriedad de continuidad es estricta: hay que mantener el negocio abierto al menos 24 meses tras la concesión de la ayuda bajo pena de reintegro.

El pago llega en dos fases: un 70 por ciento tras la concesión y el 30 por ciento restante una vez se justifiquen los gastos y la actividad realizada. La fecha tope para presentar esta justificación es el 15 de diciembre de 2028.

El proceso de solicitud se realiza por medios electrónicos en la sede del ayuntamiento. Si la documentación está incompleta, el ayuntamiento notificará la falta para que el interesado pueda subsanarla en un plazo de diez días hábiles.

El negocio no puede cambiar de sector. Modernizar o diversificar la oferta es posible, pero siempre manteniendo la esencia de la actividad original. Si estás pensando en coger ese traspaso, revisa bien tu memoria de viabilidad financiera antes de enviarla.

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