Tasas y precios de la Parzonería General: las nuevas tarifas
Entran en vigor las nuevas tasas de la Parzonería General de Gipuzkoa y Álava para el uso de bordas, pastos y pistas. Aquí tienes los importes básicos.
La Parzonería General de Gipuzkoa y Álava estrena un nuevo marco de tasas que afecta directamente a quienes utilizan sus recursos en las campas y montes compartidos. Tras un periodo de exposición pública sin reclamaciones, estas nuevas ordenanzas fiscales son definitivas y entran en vigor desde mañana mismo, 17 de septiembre de 2026.
Datos clave
- Entrada en vigor
- 17 de septiembre de 2026
- Tasa acceso Urbia
- 5,00 € por vehículo
- Borda reconstruida
- 448,00 € anuales
- Pastos ganado mayor
- 11,00 € parzonero / 22,00 € forastero
- Licencias de obra
- 84,46 € a 7.696,18 € según coste
El documento establece el régimen de pagos tanto para la concesión de licencias urbanísticas como para el aprovechamiento específico del dominio público local. Este último bloque incluye desde el uso de bordas y pastos hasta el tránsito de vehículos por las pistas rurales y la entrada a la zona de Urbia.
Para los pastores, el coste anual por el uso de bordas varía según el estado de conservación y los servicios asociados: una borda reconstruida con quesería y redil supone 448,00 €, mientras que la tarifa base para una borda sin reconstruir es de 168,00 €. El uso diario de la chabola Dominica se fija en 30,00 €, con una fianza de 100,00 €.
El aprovechamiento de pastos también diferencia entre parzoneros y forasteros. Mantener una cabeza de ganado mayor (vacas y yeguas) cuesta 11,00 € para los primeros y 22,00 € para los segundos. En el ganado menor (cabras y ovejas), las tasas son de 1,00 € y 2,00 € respectivamente.
Si necesitas acceder a Urbia con vehículo, la tasa es de 5,00 € por unidad. El tránsito por las pistas forestales se factura por volumen: sacar madera sale más barato (desde 0,31 € por metro cúbico) que otros usos, que alcanzan los 14,50 € por metro cúbico en tramos intermedios.
Las licencias de obra también cuentan con baremos definidos según el presupuesto de la actuación. Desde los 84,46 € para proyectos de hasta 3.000,00 €, el importe escala progresivamente hasta los 7.696,18 € para aquellas inversiones que superen los 2.000.000,01 €.
Las administraciones públicas, fundaciones de utilidad pública y centros docentes concertados quedan exentos del pago por sus aprovechamientos inherentes. El resto de los contribuyentes deberá abonar las tasas en el momento de solicitar la licencia o al realizar la actividad gravada.
El impago de la tasa conlleva automáticamente la revocación de la licencia. Si los trabajos dañan el dominio público, el responsable está obligado a reintegrar el coste total de la reparación.
Las bajas deben comunicarse por escrito ante la Administración de la Parzonería. Solo así se detendrá la aplicación de las tasas a partir del mes siguiente a la presentación.
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