Nuevo convenio colectivo para la plantilla de Ekorec en Andoain
La plantilla de Ekorec en Andoain estrena convenio con una subida salarial garantizada y una reducción progresiva de la jornada hasta 2028. La retroactividad de los pagos es el punto clave para los próximos meses.
Los empleados de la planta de Ekorec en Andoain ya cuentan con un nuevo marco laboral que regirá sus condiciones hasta finales de 2028. El convenio, suscrito el pasado 8 de junio y publicado ahora en el boletín oficial, garantiza la estabilidad de la plantilla y actualiza los salarios frente a la inflación con una fórmula que incluye cláusulas de protección garantizadas.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028
- Subida salarial
- 3 % en 2026 y IPC + 0,5 % en 2027 y 2028
- Jornada anual
- 1.744 horas (2026), 1.740 (2027) y 1.732 (2028)
- Geroa EPSV
- 1 % de la base de cotización
El acuerdo establece un incremento salarial retroactivo del 3 por ciento desde enero de 2026. La regularización de los primeros cuatro meses de este año se abonará de forma prorrateada en siete mensualidades, sumándose a las nóminas entre mayo y noviembre de 2026. Para los años 2027 y 2028, los salarios subirán el IPC estatal más un 0,5 por ciento, con un tope máximo del 3,5 por ciento anual.
La empresa se compromete a que el incremento nunca será inferior al cero por ciento, incluso si el índice fuera negativo. Este aumento se aplicará sobre todos los conceptos salariales, con la excepción de las particularidades que se pacten específicamente para los pluses.
En cuanto a la jornada laboral anual, esta se reduce progresivamente durante la vigencia del convenio: 1.744 horas en 2026, 1.740 horas en 2027 y 1.732 horas en 2028. Se mantiene un descanso de 15 minutos para quienes trabajen a relevo, computado como tiempo de trabajo efectivo.
La flexibilidad es una pieza clave. La compañía dispone de hasta 104 horas anuales para periodos de alta demanda, siempre que se cumplan requisitos de preaviso de cinco días laborales y se informe por escrito a la representación de los trabajadores. Estas horas de disponibilidad no alterarán la jornada anual total pactada.
El convenio aborda también la jubilación parcial y el uso de empresas de trabajo temporal, que requerirá acuerdo previo con la representación legal salvo en casos de sustitución por incapacidad temporal. Además, se garantiza el cobro del 100 por ciento del salario real desde el primer día de baja por accidente laboral o enfermedad profesional.
Para dirimir dudas, se constituye una comisión paritaria. Esta se reunirá en un plazo máximo de quince días tras la convocatoria de cualquiera de las partes. El acuerdo sobre Geroa EPSV se mantiene en el uno por ciento de la base de cotización, compartido al 50 por ciento entre empresa y trabajador.
El texto incluye una cláusula de seguridad. Si el convenio estatal de la industria química perdiera su vigencia, su contenido se mantendrá como anexo a este acuerdo de empresa.
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