El convenio de Laser Ken en Gipuzkoa: salarios y pluses para 2026-2028
La plantilla de Laser Ken ya tiene nuevo marco laboral para los próximos tres años. El acuerdo establece subidas salariales vinculadas al IPC y regula pluses por eficiencia y antigüedad para toda la plantilla.
Los trabajadores de la empresa Laser Ken ya tienen sobre la mesa las condiciones laborales que regirán sus contratos durante los próximos tres años. El convenio, que entró en vigor el 1 de enero de 2026 y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2028, pone orden en aspectos clave como los salarios, la formación interna y la conciliación.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2028
- Incremento salarial
- IPC + 0,35% (2026), 0,45% (2027), 0,60% (2028)
- Jornada laboral
- 1.695 horas anuales
- Plus eficiencia
- 1.965 € (peones) o 2.266 € (oficiales 3ª)
- Antigüedad
- 30 € a 31,50 € mensuales por quinquenio
El incremento salarial para todo el personal tomará como referencia el salario bruto de oficial de segunda. La subida pactada suma al IPC anual un 0,35 % para 2026, un 0,45 % para 2027 y un 0,60 % para 2028. En caso de que el IPC resulte negativo, el convenio blinda un mínimo del 0 % para evitar pérdidas de poder adquisitivo.
La empresa también ha fijado una tabla de mínimos anuales que arranca en los 33.647,41 euros para especialistas y auxiliares administrativos, y alcanza los 48.264,39 euros para los encargados. Los delineantes proyectistas se sitúan en 40.224,33 euros, mientras que los oficiales de primera verán su sueldo base en 40.781,39 euros.
La antigüedad también se actualiza. A partir de enero de 2026, el importe mensual por quinquenio no podrá ser inferior a 30 euros, cifra que subirá progresivamente hasta los 30,75 euros en 2027 y los 31,50 euros en 2028. El cálculo se regirá por el convenio provincial de la industria siderometalúrgica.
Se mantienen derechos como la cobertura económica al 100 por cien del salario en caso de accidente laboral o enfermedad profesional desde el primer día. Para las bajas por enfermedad común que requieran hospitalización o cirugía, la empresa abonará el 75 por cien del salario bruto durante los tres primeros días.
El acuerdo introduce un plus de eficiencia para los empleados de 50 años o más con una antigüedad mínima de una década. Este complemento, que no es consolidable y está sujeto a valoración anual, otorga 1.965 euros anuales a los peones especialistas y 2.266 euros a los oficiales de tercera.
La jornada laboral efectiva queda fijada en 1.695 horas anuales. Se garantiza un descanso de 15 minutos retribuidos para el bocadillo cuando se trabaje a turnos, y se estipula que las vacaciones se disfrutarán obligatoriamente durante los meses de julio, agosto y septiembre.
La empresa se compromete a no aplicar la reforma laboral de 2012, optando en su lugar por el artículo 5 de la ley 35/2010. Además, se limita la subcontratación a un máximo del 15 por ciento de la plantilla, cifra que será revisada trimestralmente.
El convenio regula el uso del euskera en las comunicaciones internas y garantiza el derecho a permisos no retribuidos para trámites personales como la renovación del DNI o la asistencia a juicios. Una comisión paritaria, compuesta por un representante de la empresa y otro de la parte social, resolverá cualquier discrepancia en la interpretación del texto.
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