Gobierno Vasco: Economía, Trabajo y Empleo·Boletín Bien de Gipuzkoa,

El nuevo convenio de Landazabal, S.L. marca los salarios hasta 2028

La plantilla de Landazabal, S.L. ya tiene nuevo convenio colectivo con vigencia hasta 2028. El acuerdo detalla las subidas salariales retroactivas y los nuevos tiempos de descanso.

Los trabajadores de la empresa Landazabal, S.L. cuentan desde esta semana con un nuevo convenio colectivo que regirá sus condiciones laborales hasta finales de 2028. El acuerdo ha sido publicado oficialmente tras el proceso de registro ante la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social en Gipuzkoa.

Datos clave

Vigencia
1 de enero de 2025 a 31 de diciembre de 2028
Subida salarial
IPC + 1 % anual
Plazo atrasos
31 de octubre de 2026
Descanso
30 minutos remunerados por relevo

La subida salarial pactada es de IPC más un 1 por ciento anual. Este incremento tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025 y los atrasos acumulados deberán abonarse, como fecha tope, el 31 de octubre de 2026.

El convenio introduce mejoras en el día a día de la plantilla, como una reducción de la jornada anual de ocho horas por cada año de vigencia. Además, el tiempo de descanso remunerado en cada relevo pasa de 20 a 30 minutos, de los cuales 20 se mantienen fijos y los 10 restantes se consensuarán entre empresa y trabajadores.

La salud laboral es otro de los puntos clave del documento. La dirección tiene un plazo de tres meses para realizar una evaluación de riesgos psicosociales y, si se detectan daños, el proceso deberá repetirse semestralmente. La empresa asumirá el coste de los equipos de protección individual adaptados a cada empleado.

El texto también detalla el régimen de bajas. Por accidente de trabajo, se complementarán las prestaciones hasta el 100 por cien del salario. En el caso de enfermedad común, la primera baja cubre el 100 por cien del sueldo durante los tres primeros días, mientras que las sucesivas no percibirán salario en ese mismo periodo inicial.

El convenio cuenta con una comisión paritaria formada por dos representantes de la empresa y otros dos de los trabajadores. Este grupo resolverá las dudas que surjan en la aplicación del texto y se reunirá en un plazo máximo de quince días desde su convocatoria.

La ultraactividad está garantizada hasta que se firme un nuevo convenio, salvo para la cláusula de inaplicación. Los negociadores ya saben que al concluir el plazo tendrán tres meses para renovarlo.

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