Cambios en el convenio del Puerto de Valencia: nuevos permisos y pagos
La plantilla portuaria estrena modificaciones en su III Convenio Colectivo, incluyendo permisos retribuidos por inclemencias meteorológicas y ajustes en el fondo social.
El sector portuario de Valencia ha formalizado una actualización de su III Convenio Colectivo, un texto que ajusta las condiciones laborales diarias y el marco de actuación ante imprevistos. Tras el acuerdo alcanzado el pasado 14 de mayo, el Boletín Oficial de la Provincia recoge ahora las modificaciones, que afectan desde la retribución de los trabajadores en caso de sustituciones hasta la gestión de contingencias por mal tiempo.
Datos clave
- Permisos
- Hasta 4 días de permiso por catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos.
- Aportación Fondo
- 0,041 € por cada tonelada de mercancía importada o exportada.
- Retribución
- En sustituciones se percibirá el salario más alto entre ambas categorías.
La principal novedad en los permisos retribuidos llega con la adaptación al Estatuto de los Trabajadores ante situaciones de riesgo. A partir de ahora, los empleados tendrán derecho a hasta cuatro días de permiso si no pueden acceder a su centro de trabajo o transitar por las vías necesarias debido a catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos. Esta medida busca proteger tanto a quienes ya están contratados como a aquellos disponibles que no pudieron prestar servicio por las inclemencias en las terminales de contenedores.
En cuanto a la organización del trabajo, se han introducido cambios en las reglas de reubicación y sustitución. Si un trabajador debe ocupar el lugar de un compañero ausente en un equipo, percibirá el salario más alto entre su categoría original y la que pase a desarrollar, sumando ambos complementos de puesto y la prima de producción correspondiente. Además, se aclara que los equipos asignados a un buque tendrán prioridad para realizar las tareas generadas en el mismo, siempre que no estén dedicados a labores de apertura de cierres de contenedores (twislocks) o terminando la carga del barco.
La gestión del Fondo de Asistencia Social también sufre ajustes. Las empresas estibadoras deberán aportar 0,041 euros por cada tonelada de mercancía importada o exportada, quedando fuera del cómputo las cargas en tránsito. La Fundación Sociedad Obrera La Marítima Terrestre asume la gestión de estos fondos, permitiendo que el Centro Portuario de Empleo de Valencia actúe como intermediario en los pagos si la empresa estibadora así lo solicita.
La aprobación del acuerdo se logró con el respaldo del 78,5 por ciento del voto ponderado de la representación social, sumando los apoyos de CTM, SEI y FP. El sindicato CCOO, que cuenta con un 21,50 por ciento del peso en la votación, optó por la abstención al considerar necesario un análisis más profundo de las propuestas antes de emitir un pronunciamiento definitivo.
Daniel Jesús Llera Fernández ha sido la persona designada para realizar todos los trámites legales ante el registro para que estas modificaciones tengan plena vigencia. El texto completo, con el detalle de las nuevas redacciones de los artículos 25, 26, 37 y 55, está disponible para consulta pública en la sede electrónica del boletín provincial.
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