Talento y Experiencia: el nuevo convenio para los centros de empleo
Los trabajadores de la entidad en Almussafes, Meliana y Ribarroja cuentan con un nuevo marco laboral. El acuerdo recoge las tablas salariales y nuevos pluses.
La plantilla de Talento y Experiencia, S.L.U., el centro especial de empleo con presencia en Almussafes, Meliana y Ribarroja, estrena convenio colectivo. Publicado oficialmente este primero de junio, el documento regula las condiciones laborales hasta el cierre de 2027, incluyendo una revisión de los salarios con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024.
Datos clave
- Vigencia
- Hasta el cierre de 2027
- Salario base mensual
- Entre 1.220,07 € y 2.226,13 € según puesto
- Jornada laboral
- 1.672 horas anuales
- Plus por experiencia
- 19 € mensuales con al menos 6 años de antigüedad
- Objetivo fijeza
- 67% de la plantilla durante la vigencia del convenio
El nuevo texto define categorías adaptadas a la realidad industrial de sus centros de trabajo, como la de operaria con necesidad de apoyo, cuyo salario base mensual se sitúa en 1.184 euros. Para el resto de los puestos, los salarios base mensuales oscilan desde los 1.220,07 euros de un operario estándar hasta los 2.226,13 euros de un titulado superior, conforme a la tabla salarial actualizada para 2025.
Entre los puntos clave para la plantilla destaca el compromiso de la empresa de alcanzar una fijeza del 67 por ciento durante la vigencia inicial del convenio. Además, se han regulado pluses específicos por funciones, como los 150 euros mensuales para el personal que realice tareas de remolcador en la factoría de Ford, o los 62,50 euros por el manejo de carretillas elevadoras y puentes grúa.
El acuerdo introduce un complemento por experiencia profesional de 19 euros mensuales para quienes acrediten al menos seis años de antigüedad, y establece un plus para jefes de equipo que varía según el número de personas a cargo, alcanzando los 150 euros cuando se supervisan más de siete trabajadores.
En cuanto a la organización del tiempo, la jornada ordinaria se fija en 1.672 horas anuales, garantizando un descanso semanal de 48 horas en sábado y domingo, salvo situaciones de flexibilidad que requieran ajustes. Los descansos diarios de al menos seis horas incluirán una pausa de 20 minutos computable como tiempo efectivo de trabajo.
El convenio también formaliza un protocolo frente al acoso, incluyendo expresamente la protección del personal LGTBIQA+, y crea una comisión paritaria encargada de vigilar el cumplimiento de lo pactado y de resolver las discrepancias que puedan surgir en la interpretación de estas condiciones laborales.
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