Nuevo convenio para las pastelerías de Barcelona: salarios y normas
El sector de la pastelería de Barcelona actualiza sus condiciones laborales hasta 2025. El convenio fija subidas salariales anuales y regula desde los pluses por desplazamiento hasta el protocolo contra el acoso.
El sector de la pastelería, confitería y bollería en la provincia de Barcelona estrena convenio colectivo con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. El documento, que regula las condiciones laborales de todo el personal vinculado a obradores, tiendas y servicios auxiliares, se ha formalizado tras el acuerdo entre el Gremio de Pastelería de Barcelona y la Federación de Industria de CCOO.
Datos clave
- Vigencia
- Hasta el 31 de diciembre de 2025
- Subidas salariales
- 3,1% en 2023, 3,45% en 2024 y 3% en 2025
- Plazo descuelgue
- 30 días tras la publicación
- Jornada nocturna
- 39,45 horas semanales
- Kilometraje
- 0,20 € por kilómetro
Los salarios experimentan incrementos anuales escalonados: un 3,1 por ciento para 2023, un 3,45 por ciento para 2024 y un 3 por ciento para 2025. El convenio incluye además una cláusula de revisión salarial ligada al IPC estatal del año 2025, limitada a un 0,5 por ciento si este superara el 3 por ciento.
Las empresas con más de 25 trabajadores tienen ahora la obligación de presentar durante el primer trimestre de cada año su masa salarial desagregada por sexo. El objetivo es detectar y corregir posibles brechas salariales, garantizando así la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en el sector.
La norma también detalla un estricto régimen de faltas y sanciones. Un detalle curioso es la prohibición del consumo de tabaco, alcohol o goma de mascar durante la jornada, cuya reiteración puede derivar en una falta grave. Por otro lado, la jornada nocturna se fija en 39,45 horas semanales.
Los trabajadores desplazados por necesidad del servicio tienen derecho a dietas que cubren el 75 por ciento del salario base si realizan una comida fuera, porcentaje que sube al 150 por ciento si incluye pernocta. En caso de uso de vehículo propio por orden de la empresa, se ha fijado una compensación de 0,20 euros por kilómetro.
Se ha constituido una Comisión Paritaria con domicilio en la calle Comtal, 32, de Barcelona, presidida por Francisco Castillo Baiges. Esta comisión actuará como mediadora en conflictos colectivos y supervisará la aplicación de los acuerdos pactados en este nuevo marco laboral.
El convenio recoge de forma explícita un protocolo para prevenir el acoso por orientación sexual o identidad de género. Las empresas deben garantizar entornos seguros, con vestuarios que aseguren la intimidad y una formación específica para el personal encargado de la selección y el reclutamiento.
El texto incorpora además medidas para la normalización lingüística en el ámbito laboral, instando a que todas las comunicaciones internas se realicen tanto en catalán como en castellano. Los trabajadores disponen de permisos retribuidos específicos, entre ellos quince días naturales por matrimonio o unión de hecho.
Para aquellas empresas en situación de pérdidas económicas, el convenio permite un mecanismo de descuelgue salarial. Aquellas que deseen acogerse a esta medida deberán comunicar su intención a la representación de los trabajadores y a la Comisión Paritaria en el plazo de 30 días tras la publicación del convenio en el boletín oficial.
Las prendas de trabajo, como chaquetillas, gorros o calzado antideslizante, deberán ser facilitadas por la empresa con duraciones de renovación que van desde los seis meses hasta los dos años. El lavado de la ropa de trabajo corre a cargo de la persona trabajadora, salvo que existan acuerdos previos en la empresa.
Los trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a solicitar una excedencia voluntaria de hasta cinco años. Al finalizar, conservarán un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría a la suya.
Los anexos al convenio detallan las tablas salariales específicas por grupos profesionales, que van desde el personal técnico hasta los subalternos. Las gratificaciones de julio y Navidad se fijan en treinta días de salario base más el plus de convenio y la antigüedad consolidada.
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