Nuevo convenio en Cegasa Energía: salarios y jornada hasta 2028
La plantilla de Cegasa Energía en Álava contará con una jornada laboral reducida y aumentos salariales ligados al IPC hasta 2028, según recoge el nuevo convenio.
Los trabajadores de Cegasa Energía en Álava ya tienen nuevo convenio colectivo para el periodo 2026-2028. El acuerdo, que fue firmado el 10 de junio de 2026 en Miñano Mayor, establece una hoja de ruta clara para los próximos tres años en materia de jornada, salarios y retribuciones variables.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2028
- Jornada 2028
- 1.681 horas anuales
- Retribución variable
- 1.000 € anuales según objetivos
- Abono atrasos
- Antes del 31 de octubre de 2026
- Antigüedad
- Tope elevado a 5 quinquenios
La jornada laboral anual se reducirá de forma progresiva desde las 1.687 horas actuales. El calendario marca 1.685 horas para 2026, 1.683 para 2027 y 1.681 para 2028. La empresa se compromete a publicar los calendarios laborales definitivos de cada año antes del 15 de diciembre del ejercicio anterior.
En cuanto a los salarios, se aplicará un incremento anual equivalente al IPC del año anterior más un 0,50 por ciento. La plantilla verá este aumento reflejado con carácter retroactivo al 1 de enero de 2026, debiendo la empresa abonar las diferencias salariales pendientes antes del 31 de octubre de 2026.
El convenio introduce un sistema de retribución variable de 1.000 euros anuales. Esta cantidad no es consolidable y depende del grado de cumplimiento de objetivos, que van desde la eficiencia en las líneas de producción hasta el índice de gravedad en prevención de riesgos laborales.
El texto incluye cambios en la promoción interna. A fecha 1 de enero de 2026, los trabajadores del grupo 035 pasarán al 034, los del 034 al 033 y los del 033 al 032, quedando eliminado el grupo 035. Un proceso similar ocurrirá en 2028.
Se mantienen las garantías personales para que nadie vea reducida su retribución total. Además, el plus de antigüedad, que estaba topado a tres quinquenios, se eleva ahora hasta los cinco quinquenios desde este mismo año.
El acuerdo detalla los permisos retribuidos. Por ejemplo, el fallecimiento de cónyuge o hijos da derecho a cinco días laborables, mientras que el traslado de domicilio cuenta con un día. La empresa también se compromete a intentar cubrir las vacantes con personal propio siempre que cumplan el perfil.
La comisión paritaria resolverá dudas sobre la interpretación del convenio en un máximo de quince días. Las ausencias escuecen. Si no hay acuerdo, se recurrirá al sistema PRECO de mediación laboral.
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