Nuevo convenio colectivo del Registro Mercantil de Barcelona 2026-2030
La plantilla del Registro Mercantil de Barcelona estrena convenio hasta 2030. El texto detalla los nuevos salarios mínimos, la jornada anual y el modelo de participación en beneficios.
El personal del Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Barcelona ya conoce las reglas que marcarán su día a día hasta 2030. La reciente publicación del nuevo convenio colectivo despeja el camino para la plantilla, estableciendo tanto los suelos salariales como un complejo sistema de incentivos ligados a los beneficios del registrador.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2030
- Salario oficial
- 1.595,50 € al mes
- Masa salarial
- 40% de los beneficios líquidos
- Jornada anual
- 1.760 horas
- Trienios
- Entre 15 € y 30 € mensuales
El acuerdo, que entró en vigor con carácter retroactivo el 1 de enero de 2026, organiza a los trabajadores en siete grupos, desde el personal de servicios hasta los oficiales y responsables de área jurídica. El salario base mensual para un oficial es de 1.595,50 euros, mientras que para los grupos más básicos, como el de subalterno o el de personal de servicios, la cifra se fija en 1.424,50 euros.
Más allá del sueldo fijo, el convenio introduce un modelo de participación en los beneficios líquidos del registrador, que se ha estipulado en un 40 por ciento. Este importe se reparte en tres bloques: una parte mínima, otra objetiva basada en méritos como la titulación o la antigüedad, y un 50 por ciento que la Asamblea de Registradores distribuirá libremente.
La antigüedad se premia con trienios que oscilan entre los 15 euros mensuales para subalternos y personal administrativo, y los 30 euros para los oficiales. Los salarios mínimos garantizados se actualizarán automáticamente con las subidas del Salario Mínimo Interprofesional aprobado por el Gobierno, sin que la empresa pueda aplicar compensación o absorción de dichas mejoras.
La jornada laboral anual máxima se ha fijado en 1.760 horas efectivas, incluyendo una flexibilidad de entrada entre las 08:00 y las 08:45 horas. El convenio también regula permisos específicos, como el de hasta 18 horas anuales para asistencia sanitaria propia o los días festivos de guardia para el 24 y el 31 de diciembre.
La gestión administrativa queda supervisada por una Comisión Paritaria compuesta por seis miembros, tres designados por la asamblea y tres por el comité de empresa. Esta comisión será la encargada de resolver las discrepancias y de velar por el cumplimiento de las cláusulas, incluyendo la correcta aplicación del plan de igualdad.
Las ausencias justificadas por fallecimiento de familiares directos se mantienen en dos días laborables o tres naturales, ampliables a cuatro si es necesario desplazarse fuera de la provincia. En caso de hospitalización de un cónyuge o familiar hasta segundo grado, se conceden cinco días laborables.
Se han establecido límites para asegurar que un auxiliar no supere al oficial en responsabilidad y salario, con una corrección progresiva prevista hasta finales de 2029. Las normas son claras.
El texto oficial ya es vinculante.
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